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Normativa en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo: Islas Baleares

Desde la entrada en vigor de la Constitución de 1978, España cuenta con una organización territorial basada en 17 Comunidades Autónomas y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. Cada Comunidad Autónoma tiene competencia para aprobar su propia legislación en materia territorial y urbanística.

La Administración General del Estado a través de sus Departamentos Ministeriales, desarrolla politicas urbanas, principalmente en las áreas de vivienda, suelo, transporte y comunicaciones, o la protección del dominio público fluvial y costero, estableciendo a este respecto legislación sectorial de ámbito estatal.

Las Islas Baleares no cuentan con legislación urbanística completa, por tanto además del Texto Refundido de la Ley de Suelo de 2008, es de aplicación directa la legislación urbanística estatal anterior a la Constitución de 1978, es decir el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 1976, y los Reglamentos de Planeamiento y Gestión de 1978 (el Reglamento de Disciplina de 1978 es de aplicación supletoria, por contar Baleares con un Reglamento propio).

28 abr 2011


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